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Indemnización por accidente de moto

Tras un accidente de moto, la aseguradora suele ofrecer menos de lo que te corresponde. Conocer qué puedes reclamar y cómo se valora tu indemnización es el primer paso para no aceptar una oferta a la baja.

Los plazos para reclamar son limitados y las pruebas se pierden con el tiempo. Cuanto antes analicemos tu caso, mejor podremos defenderlo.

El punto de partida

Qué cubre la indemnización por accidente de moto y quién responde

La indemnización por accidente de moto es la compensación económica que corresponde al motorista lesionado por sus lesiones, secuelas y daños derivados del siniestro. Con carácter general, se reclama frente a la compañía aseguradora del vehículo responsable, no frente al conductor a título personal.

Cuando el vehículo causante no está asegurado, es desconocido o se da a la fuga, quien responde de forma subsidiaria es el Consorcio de Compensación de Seguros. Y si el accidente no lo provoca otro vehículo sino el mal estado de la vía (por ejemplo, gravilla suelta o falta de señalización), la reclamación puede dirigirse contra la Administración titular de la carretera por responsabilidad patrimonial.

Puede reclamar el motorista lesionado y, en los casos de grandes lesionados o de fallecimiento, también sus familiares o personas perjudicadas conforme al baremo. El pasajero de la moto, aunque viajara en el vehículo responsable, tiene igualmente derecho a ser indemnizado.

Moto tumbada en el asfalto tras una colisión con un coche en carretera

Tu indemnización

Qué puedes reclamar por accidente de moto

  • Lesiones temporales y días de curación
  • Secuelas físicas y psíquicas conforme a la puntuación del baremo (fracturas, traumatismos craneoencefálicos, etc.)
  • Perjuicio estético por cicatrices, amputaciones o cojera visible
  • Lucro cesante: salarios y pérdida de ingresos durante la recuperación
  • Gastos médicos, de rehabilitación, prótesis y desplazamientos
  • Daños materiales de la moto, casco y equipamiento

Cómo funciona

Cómo se calcula tu indemnización según el baremo

En los accidentes de tráfico, la indemnización se valora conforme al baremo de la Ley 35/2015. Este sistema distingue tres grandes conceptos: el perjuicio personal básico (los días que tardas en curarte, clasificados según su intensidad), el perjuicio personal particular (secuelas, perjuicio estético, daño moral) y el perjuicio patrimonial (gastos médicos y lucro cesante o pérdida de ingresos).

Las secuelas se puntúan en una horquilla y ese valor se traduce en euros según tu edad y la gravedad; a mayor edad y mayor puntuación, distinta cuantía. Por eso conviene esperar a la estabilización médica (la llamada sanidad) antes de cerrar cualquier acuerdo: firmar antes de saber con qué secuelas quedas suele perjudicar a la víctima.

Las aseguradoras tienden a hacer ofertas por debajo del baremo o a infravalorar las secuelas. Un informe médico pericial independiente y un cálculo correcto del baremo son, con carácter orientativo, la diferencia entre una oferta inicial y la indemnización que realmente corresponde.

Nuestro método

Cómo reclamamos tu indemnización por accidente de moto

01

Estudio de viabilidad gratuito

Revisamos tu parte, los informes médicos y el atestado y te decimos si tienes caso y qué puedes reclamar.

02

Valoración del daño

Cuantificamos lesiones, secuelas y perjuicios económicos conforme al baremo de tráfico.

03

Reclamación y negociación

Reclamamos a la aseguradora y negociamos una indemnización ajustada a lo que establece el baremo.

04

Vía judicial si hace falta

Si la oferta es injusta, defendemos tu caso ante los tribunales con todas las garantías.

Resultado real

Lo que ofrecía el seguro frente a lo que conseguimos

La aseguradora ofrecía

10.280,16 €

Conseguimos

48.059,16 €

+37.779 € recuperados

Fractura de tibia y peroné en accidente de moto.

Leer el caso completo →Caso real anonimizado · Resultados pasados no garantizan resultados futuros

¿Tu aseguradora te ofrece menos de lo que mereces? Te decimos gratis cuánto podrías reclamar.

Consejos prácticos

Cómo actuar tras el accidente

1

Acude al médico enseguida

Que quede constancia de todas tus lesiones desde el primer día, aunque parezcan leves, para poder acreditarlas después.

2

Guarda todas las pruebas

Atestado, parte amistoso, fotos del lugar y de la moto, datos de testigos y todos los informes y facturas médicas.

3

No firmes el finiquito a la ligera

Ninguna oferta o recibo de la aseguradora debe firmarse antes de conocer tus secuelas definitivas y valorarlas con el baremo.

4

Consulta pronto con un abogado

Una valoración temprana e independiente ayuda a fijar bien la estrategia y a no perder plazos ni indemnización.

¿Te han hecho ya una oferta?

No la aceptes sin consultarnos. Revisamos gratis lo que te ofrece la aseguradora y te decimos si es justo antes de que firmes.

El plazo para reclamar tu indemnización

Con carácter general, el plazo para reclamar es de un año, que empieza a contar desde que se estabilizan las lesiones y se conocen las secuelas, no desde la fecha del accidente. Este plazo puede interrumpirse con una reclamación fehaciente a la aseguradora. En los accidentes por mal estado de la vía frente a la Administración también rige, orientativamente, el plazo de un año. Dado que cada caso tiene matices, conviene consultar cuanto antes para no perder tu derecho.

Dudas habituales

Preguntas frecuentes sobre indemnizaciones por accidente de moto

¿Puedo reclamar aunque no hubiera otro vehículo implicado?

Sí, si la caída se debió a un defecto de la vía o a la actuación de un tercero. Analizamos tu caso.

Me caí con la moto por gravilla en la vía, ¿puedo reclamar?

Con carácter general sí. Si la caída se debe a gravilla suelta, obstáculos o falta de señalización, puede reclamarse a la Administración titular de la carretera por responsabilidad patrimonial, siempre que se acredite el mal estado de la vía y el nexo con el accidente. Es clave documentar el lugar con fotos y testigos cuanto antes.

¿Cuánto se cobra por un accidente de moto?

No existe una cifra fija: la cuantía depende de los días de curación, las secuelas, tu edad y los daños patrimoniales, valorados según el baremo de la Ley 35/2015. Dos accidentes parecidos pueden dar resultados muy distintos. Solo tras la estabilización médica puede hacerse una estimación orientativa fiable.

¿Qué pasa si el accidente me deja secuelas permanentes?

Las secuelas permanentes se puntúan conforme al baremo y se indemnizan de forma específica, además de los días de curación. En lesiones graves pueden reconocerse conceptos adicionales como la ayuda de tercera persona, la adaptación de vivienda o vehículo y el lucro cesante futuro. Conviene no cerrar el acuerdo hasta que un informe médico determine las secuelas definitivas.

¿Puede reclamar el pasajero de la moto?

Sí. El ocupante de la moto tiene derecho a ser indemnizado por sus lesiones con independencia de quién causara el accidente: la reclamación se dirige a la aseguradora del vehículo responsable, incluida la de la propia moto si su conductor fue el causante.

¿Y si el otro vehículo se dio a la fuga o no tenía seguro?

En esos casos responde, de forma subsidiaria, el Consorcio de Compensación de Seguros, el organismo público que indemniza los daños causados por vehículos desconocidos, sin seguro o robados. El procedimiento tiene particularidades, por lo que conviene asesorarse cuanto antes.

Cuéntanos tu caso

Estudiamos tu reclamación sin compromiso y te decimos qué puedes reclamar.

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