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Lesiones graves
Indemnización para grandes lesionados
Cuando un accidente de tráfico deja secuelas muy graves, la indemnización de los grandes lesionados debe cubrir toda una vida de cuidados. Te explicamos, con carácter orientativo, qué puedes reclamar y cómo se calcula.
Un gran lesionado por accidente de tráfico tiene derecho, con carácter general, a una indemnización calculada con el baremo de la Ley 35/2015 que cubre las secuelas, la ayuda de tercera persona, la adaptación de la vivienda y del vehículo, los gastos sanitarios futuros y el lucro cesante.
El punto de partida
Qué es un gran lesionado y quién responde del daño
Se considera gran lesionado a la persona que, tras un accidente de circulación, queda con secuelas muy graves: lesiones medulares, traumatismos craneoencefálicos severos, amputaciones o estados que exigen ayuda continua de otra persona. Son casos en los que la vida cambia por completo y la indemnización debe proyectarse a largo plazo.
Con carácter general, quien responde es la compañía aseguradora del vehículo causante, a través del seguro obligatorio de automóviles. La víctima o sus familiares reclaman frente a esa aseguradora, no frente al conductor de forma directa.
Cuando el vehículo culpable no está identificado, carece de seguro o el siniestro lo causa un vehículo robado, responde el Consorcio de Compensación de Seguros. Pueden reclamar tanto el propio lesionado como, en su caso, los familiares que asumen sus cuidados.

Tu indemnización
Qué puedes reclamar por grandes lesionados
- Secuelas graves y muy graves
- Ayuda de tercera persona para las actividades básicas de la vida diaria
- Adaptación de la vivienda y del vehículo a la discapacidad
- Prótesis, ortesis y productos de apoyo, con sus renovaciones futuras
- Gastos futuros de asistencia sanitaria y rehabilitación, y lucro cesante por la pérdida de ingresos presentes y futuros
- Perjuicio moral por pérdida de calidad de vida grave o muy grave y perjuicio de los familiares que prestan cuidados
Cómo funciona
Cómo se calcula la indemnización de un gran lesionado
La valoración se rige por el baremo de la Ley 35/2015, que ordena el sistema de indemnización en accidentes de circulación. Distingue tres bloques: el perjuicio personal básico (secuelas y su gravedad), el perjuicio personal particular y el perjuicio patrimonial, que en los grandes lesionados suele ser el más elevado.
En estos casos entran conceptos de mucho peso económico: la ayuda de tercera persona para las actividades básicas de la vida diaria, la adaptación de la vivienda y del vehículo, las prótesis, ortesis y productos de apoyo, los gastos futuros de asistencia sanitaria y el lucro cesante por los ingresos que la persona deja de percibir. Todo ello se proyecta, con criterios actuariales, sobre la esperanza de vida.
Precisamente porque las cifras son altas y complejas de calcular, es frecuente que las aseguradoras realicen ofertas a la baja, minusvalorando las secuelas o dejando fuera partidas futuras. Un informe médico-pericial sólido y un cálculo riguroso del baremo son la mejor defensa frente a esas propuestas.
Nuestro método
Cómo reclamamos tu indemnización por grandes lesionados
Estudio de viabilidad gratuito
Revisamos tu parte, los informes médicos y el atestado y te decimos si tienes caso y qué puedes reclamar.
Valoración del daño
Cuantificamos lesiones, secuelas y perjuicios económicos conforme al baremo de tráfico.
Reclamación y negociación
Reclamamos a la aseguradora y negociamos una indemnización ajustada al baremo y a la realidad de tu daño.
Vía judicial si hace falta
Si la oferta es injusta, defendemos tu caso ante los tribunales con todas las garantías.
Resultado real
Lo que ofrecía el seguro frente a lo que conseguimos
La aseguradora ofrecía
94.517 €
Conseguimos
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+1.184.426 € recuperadosMotorista con secuelas muy graves.
Leer el caso completo →Caso real anonimizado · Resultados pasados no garantizan resultados futuros¿Tu aseguradora te ofrece menos de lo que mereces? Te decimos gratis cuánto podrías reclamar.
Consejos prácticos
Cómo actuar tras el accidente
Prioriza tu salud y el informe médico
Sigue todo el tratamiento y rehabilitación: el alcance de las secuelas se acreditará sobre tu historia clínica completa.
Guarda todas las pruebas
Conserva atestado, partes, facturas de adaptaciones, gastos de cuidados y cualquier documento que refleje el impacto del accidente.
No firmes el finiquito del seguro
Una oferta inicial cerrada puede impedir reclamar después secuelas o gastos futuros que aún no se han valorado.
Consulta pronto con un abogado
Cuanto antes se cuantifiquen la ayuda de tercera persona y los daños futuros, mejor se protege la indemnización.
¿Te han hecho ya una oferta?
No la aceptes sin consultarnos. Revisamos gratis lo que te ofrece la aseguradora y te decimos si es justo antes de que firmes.
El plazo para reclamar tu indemnización
Con carácter general, la acción para reclamar prescribe al año, y ese plazo suele empezar a contar desde la estabilización de las secuelas (el alta médica con determinación del daño), no desde la fecha del accidente. En lesiones muy graves, la consolidación puede tardar, por lo que conviene documentar bien cada hito. Dada la trascendencia de estos casos, lo más prudente es consultar cuanto antes para no perder derechos.
Guías y casos
Aprende más sobre tu reclamación
Dudas habituales
Preguntas frecuentes sobre indemnizaciones por grandes lesionados
¿Cómo se calcula una indemnización tan compleja?
Con el baremo de la Ley 35/2015 y con peritajes médicos y económicos. Coordinamos a los especialistas para cuantificar todo el daño presente y futuro.
¿Cómo se valora la ayuda de tercera persona en la indemnización?
El baremo de la Ley 35/2015 la calcula en función de las horas de asistencia que la persona necesita al día para las actividades básicas, según la gravedad de sus secuelas. Es una de las partidas más elevadas y se proyecta sobre la esperanza de vida, por lo que requiere un informe médico detallado.
¿Entra la adaptación de la vivienda y del vehículo?
Sí. Con carácter general, el sistema contempla el coste de adaptar la vivienda y el vehículo a la nueva situación de movilidad del gran lesionado. Es importante conservar presupuestos y facturas para acreditar el gasto real ante la aseguradora.
¿Qué indemnización corresponde por una lesión medular?
Depende del nivel y la extensión de la lesión, del grado de dependencia y de la edad de la persona, entre otros factores. No es posible anticipar una cuantía sin valorar el caso, pero suele incluir secuelas, ayuda de tercera persona, adaptaciones y lucro cesante calculados conforme al baremo.
¿Quién me indemniza si el vehículo culpable no tiene seguro o se dio a la fuga?
Con carácter general, responde el Consorcio de Compensación de Seguros cuando el vehículo causante carece de seguro, no está identificado o ha sido robado. El procedimiento tiene particularidades propias, por lo que conviene asesorarse desde el principio.
¿Pueden reclamar los familiares que cuidan del gran lesionado?
Sí. El baremo de la Ley 35/2015 contempla el perjuicio moral de los familiares que prestan cuidados continuados a víctimas de lesiones muy graves, además de otros perjuicios que puedan acreditarse. Cada situación familiar se valora de forma individual.
Cuéntanos tu caso
Estudiamos tu reclamación sin compromiso y te decimos qué puedes reclamar.
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