Indemnización por caída en un supermercado
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Indemnización por caída en un supermercado
Te explicamos cuándo procede la indemnización por caída en un supermercado, qué gastos cubre y cómo reunir las pruebas para reclamar.

¿Tienes derecho a una indemnización por una caída en un supermercado? Si te has lesionado por un mal estado de las instalaciones, puedes reclamar. A diferencia de los accidentes de tráfico o laborales, que se calculan con el baremo, estas caídas se rigen por la responsabilidad civil y por la normativa de seguridad de los edificios.
Cuándo puedes reclamar por una caída
La mayoría de caídas en supermercados y establecimientos públicos se deben al incumplimiento de las obligaciones de seguridad. Son causas habituales las superficies mojadas, resbaladizas o con charcos sin señalizar, el pavimento desnivelado, las losetas sueltas o levantadas, las escaleras sin señalizar o la iluminación deficiente con zonas de penumbra. Cuando la lesión deriva de un mantenimiento negligente, existe derecho a reclamar.
La responsabilidad extracontractual
La reclamación se apoya en el artículo 1.902 del Código Civil, según el cual «el que por acción u omisión cause daño a otro, interviniendo culpa o negligencia, está obligado a reparar el daño causado». Para que prospere la responsabilidad extracontractual deben concurrir un acto u omisión negligente (por ejemplo, no señalizar un suelo recién fregado), un daño efectivo y un vínculo claro entre esa negligencia y la lesión sufrida.
Qué incluye la indemnización
La indemnización por caída en un supermercado puede comprender las lesiones sufridas, los gastos médicos presentes y futuros, el transporte al hospital, los días de baja y la compensación por los objetos dañados en la caída (gafas, móvil, ropa, calzado, etc.). Se distingue entre daños generales (dolor, sufrimiento y daño moral) y daños especiales (las pérdidas económicas cuantificables).
Cómo actuar si te caes en un supermercado
Para poder reclamar después, conviene: 1) presentar una reclamación en el propio supermercado; 2) hacer fotografías del elemento causante; 3) conservar el ticket de compra; 4) pedir los datos de los testigos; 5) guardar el parte de la ambulancia o el ticket del taxi; 6) acudir a urgencias y recabar todos los informes médicos; y 7) disponer de un informe pericial de valoración del daño corporal, imprescindible para calcular la indemnización.
Cómo podemos ayudarte
Dispones de un año para interponer la demanda si no hay acuerdo con el establecimiento. Por eso es aconsejable acudir cuanto antes a un abogado experto. Consulta nuestra página sobre caídas en la vía pública o cuéntanos tu caso en el formulario de contacto: la primera valoración es gratuita.
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